No se ampliarán los distritos electorales en caso de que en el referéndum triunfe el SÍ, lo que habilitará a los paraguayos que residen en el extranjero a votar en las elecciones nacionales. Esto significa que los compatriotas de afuera no podrán candidatarse a diputados, gobernadores e intendentes.
El asesor del TSJE Carlos María Ljubetic muestra el artículo
120 de la Constitución
que busca ser enmendado.
Algunos sectores aseguran que con la enmienda
constitucional, que permita a los compatriotas que viven en el exterior votar
en los comicios nacionales, se ampliarán los distritos electorales del Paraguay
a nivel mundial, por lo que habrá diputados por Argentina, Brasil, España,
China o cualquier otro país donde haya concentración de connacionales.
Esta afirmación es mentira, aseguró el asesor del Tribunal
Superior de Justicia Electoral (TSJE), Carlos María Ljubetic. “Eso no es
cierto. La Constitución
establece la diputación por capital y los departamentos. No está previsto eso
en la modificación. La representación siempre es departamental, no existe esa
ampliación. Algunos creen que automáticamente se va a ampliar y eso no es así”,
dijo.
Agregó que la Carta Magna es bien clara al establecer que el diputado se elige por colegio departamental, donde el derecho a elegir y ser elegido solamente corresponde al inscripto en ese departamento. “Los paraguayos que están en el exterior no van a poder votar por los diputados, pues la Constitución dice que no es de colegiatura nacional, lo mismo que para gobernador, pues repito, la suprema ley dice que es colegiatura departamental”, explicó.
Ljubetic comentó que los connacionales que residen en otros países sí se podrán candidatar a senadores, parlamentarios del Mercosur y vicepresidente. “Esto siempre que cumplan con todos los requisitos que establece la ley, como ser elegido en unas internas partidarias. Si para el efecto se crea un movimiento o partido, eso también tiene sus requisitos”, resaltó. Fuente ABC. Color
Agregó que la Carta Magna es bien clara al establecer que el diputado se elige por colegio departamental, donde el derecho a elegir y ser elegido solamente corresponde al inscripto en ese departamento. “Los paraguayos que están en el exterior no van a poder votar por los diputados, pues la Constitución dice que no es de colegiatura nacional, lo mismo que para gobernador, pues repito, la suprema ley dice que es colegiatura departamental”, explicó.
Ljubetic comentó que los connacionales que residen en otros países sí se podrán candidatar a senadores, parlamentarios del Mercosur y vicepresidente. “Esto siempre que cumplan con todos los requisitos que establece la ley, como ser elegido en unas internas partidarias. Si para el efecto se crea un movimiento o partido, eso también tiene sus requisitos”, resaltó. Fuente ABC. Color
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