20/1/12

Inscripción automática desde marzo


Autoridades del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) se reunieron ayer para clarificar mecanismos de aplicación de la ley de “inscripción automática en el Registro Cívico Permanente”, promulgada el martes por el presidente Fernando Lugo. Estiman que el 1 de  marzo se publicarán los nombres de los primeros inscriptos.


El nuevo mecanismo de inscripción automática en el padrón electoral, que se valdrá de los datos proveídos principalmente por el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional, será aplicado formalmente a partir del 1 de marzo, según estimaron representantes del TSJE. 

Ayer, las autoridades de la Justicia Electoral se reunieron para ajustar detalles al mecanismo de aplicación de la Ley 4559, aunque no  dieron a conocer oficialmente mayores detalles de la mencionada reunión.  

A partir del 1 de marzo  empezarán a publicar en la página web del TSJE los nombres de inscriptos cuyos datos  no estén completos o necesiten ser actualizados, según indicó un referente de la autoridad electoral. 

La inscripción automática de electores en el padrón es un mecanismo ideado para buscar prescindir de los inscriptores, cargos donde los partidos políticos generalmente colocan a sus recomendados como “planilleros”. No obstante, la mencionada ley no tendría el mayor efecto al respecto, ya que no aplica de manera retroactiva.     Por otra  parte, desde la Justicia Electoral indicaron que la aplicación de la ley se facilita y no requiere de mayor reglamentación, ya que “está claramente estipulado en el documento”.    

Los datos requeridos para la inscripción de las personas serán proveídos por la Policía Nacional, mediante los registros del Departamento de Identificaciones. De la misma manera, el TSJE abogará al compromiso del elector a confirmar los datos o completarlos. 

La Policía Nacional, la Dirección de Migraciones, consulados nacionales en el extranjero, la Dirección de Institutos Penales, entre otras entidades gubernamentales, deberán colaborar y comunicar al TSJE en el caso de que constate que el inscripto cambió de domicilio o realizó otro hecho que pueda modificar sus datos en el padrón.

Vigente la Ley Nº 4559

La Ley 4559 establece que “los paraguayos/as que cumplan 18 años de edad, que reúnan los requisitos para votar y cuenten con la cédula de identidad civil, serán inscriptos de manera automática en el Registro Cívico Permanente”.

No obstante, las personas que hayan cumplido 18 años antes de la vigencia no se acogerán a este beneficio y deberán solicitar la inscripción a  los inscriptores. Fuente ABC. Color

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