Cientos de hijos de paraguayos
nacidos en el exterior seguirán apátridas hasta tanto no se modifique la
Constitución para que adquieran la nacionalidad, señaló ayer el director
interino de Asuntos Consulares de la Cancillería, Carlos Closs.
Carlos Closs
Fuente ABC Color
El director
interino de Asuntos Consulares de la Cancillería Nacional, primer secretario
Carlos Closs, señaló que los connacionales deben sensibilizar a los
parlamentarios para reformar la Carta Magna, que no admite la doble
nacionalidad. El
diplomático dijo que el problema que afecta a los hijos de paraguayos nacidos
en el exterior es sumamente delicado porque se sienten ciudadanos de tercera
categoría al no tener un documento para un recién nacido. “Se sienten
desprotegidos”, enfatizó.
Closs indicó
que el artículo 42 de la Constitución Nacional establece que son de
nacionalidad paraguaya natural “los hijos de madre o padre paraguayo nacidos en
el extranjero, cuando aquellos se radiquen en la República en forma
permanente”.
Agregó que
hay distintos casos y depende del país en cuestión. Mencionó el ejemplo de
Brasil y Argentina, donde al compatriota con radicación legal, se le expide un
certificado de nacimiento que posibilita la opción a la nacionalidad. Pero en
Europa es distinto. Closs recordó que en el caso de España, así como en la
mayoría de los países de la Unión Europea (UE), solo después de 6 años de
residencia legal se expide un documento de identidad.
Un drama en
ascenso
En los
últimos años, paraguayos residentes fuera del suelo patrio han acudido a las
embajadas y consulados del Paraguay con el propósito de registrar a sus hijos
como paraguayos.
Generalmente
el interés de realizar el trámite citado se debe a dos motivos: imposibilidad
de los padres de inscribir a sus menores hijos en el país de residencia, sea
por la vigencia del ius sanguinis (derecho de sangre), vigente principalmente
en Europa, o por derivaciones del estatus migratorio de los padres.
Otro caso es
el interés en que sus descendientes sean ciudadanos del Paraguay por opción,
aun cuando el menor tiene el derecho a una nacionalidad distinta de la
paraguaya.
Closs señaló
que la única salida que tienen los connacionales es acercarse al consulado para
el registro y la expedición de un salvoconducto para los fines pertinentes
hasta que el ciudadano regrese al Paraguay para regularizar su situación e
inicie los trámites judiciales para optar por la nacionalidad paraguaya.
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